agravante de género
Jurisprudencia

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La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha aplicado por primera vez el criterio sobre la agravante por razones de género prevista en el 22.4 del Código Penal para determinados delitos, y establece que no exige un dolo (intención) específico de querer humillar sino que basta que la situación sea humillante.
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El Tribunal Supremo ratifica el aumento de una condena a un hombre que agredió sexualmente y golpeó a su expareja, y que alegaba que su ánimo era satisfacer sus deseos libidinosos pero no una dominación por razón de género.