La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a un hombre de 25 años de abuso sexual a una menor de 11, a la que conoció en un parque y con la que mantuvo relaciones sexuales de mutuo acuerdo. En el momento de los hechos, la edad de consentimiento era de 13 años.
La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a un hombre de 25 años de abuso sexual a una menor de 11, a la que conoció en un parque y con la que mantuvo relaciones sexuales de mutuo acuerdo. En el momento de los hechos, la edad de consentimiento era de 13 años.
El acusado fue detenido unos días más tarde en el lugar de los hechos, cuando el hermano de la menor llamó a la policía, tras dar con él en el parque después de buscarlo durante varios días. Un año más tarde a la menor le fue reconocido un grado de discapacidad del 65%.
Como hechos probados, la sentencia establece que el acusado y la menor se conocieron mientras paseaban a sus perros en el parque y que ambos entablaron conversación «para minutos después buscar un sitio propicio donde, ambos de mutuo acuerdo y con la conformidad de la menor, mantuvieron relaciones sexuales consistentes en realizar la menor una felación al acusado y éste introducir algunos dedos en la vagina de la menor».
En el momento de producirse los hechos, en 2014, la edad de consentimiento en España estaba fijada en los 13 años. En consecuencia, uno de los elementos más importantes y debatidos durante el proceso fue el relativo a la edad y apariencia de la menor. El acusado sostuvo inicialmente «que de ninguna manera podía pensar que tuviera once años y que le dio la impresión de tener más o menos 15 años», para después en el juicio oral afirmar «que creía que la menor le dijo que tenía diecinueve años y que él pensó que eran diecisiete». Por su parte, la pediatra que el mismo día de los hechos examinó y exploró a la menor declaró «que la menor tenía una apariencia algo mayor que la que se correspondía con su edad, que podría tener la apariencia de trece años, aunque reconoció que era muy difícil, que podría ser».
El tribunal absuelve al acusado de delito de abusos sexuales a menor de trece años, al estimar «que, además de no haberse probado que el acusado conociera la edad de la menor, no pensó que [la víctima] pudiera tener menos de trece años, sino más años, y por ello no se planteó averiguar la verdadera edad de la menor», haciendo énfasis en que «la situación se produjo de una forma inesperada para el acusado, situación en absoluto buscada o provocada por el mismo».
Id Cendoj: 28079370022018100655
Órgano: Audiencia Provincial
Sede: Madrid
Sección: 2
Fecha: 27/09/2018
Nº de Recurso: 891/2015
Nº de Resolución: 676/2018
Procedimiento: Penal. Procedimiento abreviado y sumario
Ponente: CARIDAD HERNÁNDEZ GARCÍA
Tipo de Resolución: Sentencia

