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El Instituto Andaluz de la Mujer realiza la presente guía con la finalidad de detectar e intervenir, desde el ámbito familiar, con las chicas jóvenes que sufren violencia machista y en la que se ofrece información, orientación y estrategias para abordar desde el contexto familiar la situación de violencia de género que sufre la adolescente.
Se solicita amparo por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva de una menor. La niña debía ser entregada a su progenitor, imputado por violencia de género y residente en Suiza. En una sentencia pionera, el Tribunal Constitucional estima que el interés superior de la menor no fue lo suficientemente ponderado en las resoluciones judiciales que acordaban su restitución internacional y acoge el amparo solicitado.
Esta sentencia acoge el amparo de una mujer víctima de violencia de género no emplazada a proceso hipotecario por vulneración de su derecho a la tutela judicial efectiva, porque no se no realizó una especial ponderación de la situación de violencia de género que estaba padeciendo.
Coincidiendo con el 14 de febrero, fecha en la que se celebra «El día de los enamorados», el Instituto Andaluz de la Mujer y el Instituto Andaluz de la Juventud lanzan esta campaña dirigida a la juventud con el objetivo de trabajar sobre los mitos del amor romántico
La campaña, que utiliza las Redes Sociales del IAM y el IAJ (portales web y perfiles de Twiter y Facebook) como principal vía de difusión, dado su alcance entre la población juvenil, consta de un cartel y de un folleto divulgativo en el que se recogen muchos de los mensajes detectados entre las ideas que tienen las personas jóvenes sobre el amor romántico, a la vez que se ofrecen mensajes que pretenden romper y cuestionar los estereotipos sexistas que contienen esas ideas.
Se utiliza como base la información del estudio Andalucía Detecta sobre «sexismo y violencia de género en la juventud andaluza e impacto de su exposición a menores» recogida en uno de sus cuatro bloques: Los mitos del amor romántico.
Campaña conjunta del Instituto Andaluz de la Juventud y el Instituto Andaluz de la Mujer dirigida a adolescentes y jóvenes para mostrar la incidencia de los roles sexistas en la violencia de género, especialmente a través de las redes sociales y las TIC.
Campaña de la Junta de Andalucía lanzada en 2015 con motivo de la conmemoración del 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Con ella se pretende involucrar a toda la sociedad en la lucha para la erradicación de la violencia de género.
La campaña pone el foco en la transmisión de mensajes a través de redes sociales y cuenta con un audiovisual en el que personas destacadas muestran su rechazo hacia la violencia de género.
Otro de los pilares de la campaña es su desarrollo en los centros educativos andaluces, con el objetivo de sensibilizar a la comunidad educativa acerca de las causas y las consecuencias de la violencia ejercida hacia las mujeres.
Desde su puesta en funcionamiento, en septiembre de 2007, hasta el 30 de junio de este año, el teléfono de información y asesoramiento jurídico en materia de violencia de género 016 ha recibido 689.076 llamadas.
En el último año se contabilizan un total de 6.590 llamadas. Según la ubicación geográfica, las comunidades autónomas desde las que se han realizado más llamadas son Madrid (1.557) y Andalucía (1.110), seguidas de Cataluña (847) y la Comunidad Valenciana (804).
En un 70% de los casos es la afectada la que realiza la llamada, y en un 28% la realizan familiares o personas allegadas.
La tasa media de llamadas por millón de mujeres fue de 324,4, alcanzando su máximo en la Comunidad de Madrid (541,9), seguida de Canarias (380,3) y la Comunidad Valenciana (374,7).
El 016 es un servicio telefónico gratuito y confidencial del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, que ofrece información, asesoramiento y atención a las víctimas de violencia de género.
Las consultas también se pueden remitir on line, escribiendo a la dirección de correo electrónico 016-online@msssi.es.
La Plataforma CEDAW Sombra España señala en su último informe que España incumple las recomendaciones realizadas por el Comité de Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW en inglés) en julio de 2015.
La Plataforma CEDAW Sombra España, así como las plataformas sombra creadas en las distintas comunidades autónomas, realizan un seguimiento sobre el avance en la aplicación de las medidas para dar cumplimiento a las recomendaciones dictadas por el Comité CEDAW.
El informe presentado analiza las recomendaciones realizadas sobre los siguientes puntos:
21.a) Revisar su legislación sobre la violencia contra la mujer en vigor a fin de que incluya otras formas de violencia de género, por ejemplo, la violencia ejercida por cuidadores, la violencia policial y la violencia en espacios públicos, lugares de trabajo y escuelas.
21.b) Disponer cursos obligatorios para los jueces, los fiscales, los agentes de policía y otros agentes del orden sobre la Convención y su Protocolo Facultativo y sobre la estricta aplicación de las disposiciones penales relativas a la violencia contra la mujer, y sobre procedimientos que tengan en cuenta el género para entrevistar y tratar a las mujeres que son víctimas de violencia.
21.f) Recopilar datos estadísticos sobre la violencia doméstica y sexual desglosados por sexo, edad, nacionalidad y relación entre la víctima y el autor.
37.c) Proporcionar tratamiento adecuado a las mujeres y niñas solicitantes de asilo con necesidades específicas y adoptar una perspectiva de género a la hora de elaborar programas de asistencia.
Modificación de la ley de violencia de género
España aún no ha modificado la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, para garantizar la protección de los derechos de las mujeres víctimas de violencia de género fuera del ámbito de la pareja o la expareja, a pesar de que así lo establece el Convenio de Estambul ratificado por España en 2014.
Formación en violencia de género
El informe destaca las carencias en la formación en materia de violencia de género dirigida a profesionales que desarrollan su trabajo en estructuras especializadas en violencia de género. La formación solo es obligatoria con carácter inicial y para profesionales de juzgados, fiscalías de violencia y cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, quedando al margen multitud de profesionales que también intervienen en estos procedimientos, como forenses, jueces y juezas sustitutos/as, profesionales de la abogacía del turno de oficio o los equipos psicosociales que trabajan en los juzgados de familia. En el caso del personal sanitario, la formación se realiza de forma desigual en las distintas comunidades autónomas. Además, no está establecido un procedimiento de actualización de la formación.
«La falta de formación en género y prevención de la violencia de género tiene como consecuencia la prevalencia de una mirada sexista y discriminatoria tanto en los peritajes como en los procesos judiciales y las sentencias. Esto implica, entre otras cuestiones, un aumento del número de sentencias con condena por agresiones mutuas o la realización de dictámenes “a ojo” por parte de peritos sin formación alguna, que determinan que la mujer “no es una víctima de violencia de género”».
Recogida y análisis de datos
Los datos recogidos por fuentes oficiales se centran en la violencia ejercida por la pareja o la expareja, en los casos con víctimas mortales y en las denuncias, con lo que se invisibiliza una gran parte de la magnitud del problema.
Algunas comunidades autónomas sí recogen información sobre otras manifestaciones de la violencia de género y otros feminicidios, lo que lleva a resultados dispares dependiendo de la fuente que se consulte.
La Plataforma CEDAW Sombra demanda «una estructura de recogida y tratamiento de datos, con una metodología compartida que, además de permitir las comparaciones y las visiones globales, también permita conocer la historia de las víctimas, y no produzca exclusivamente agregados de información en los que se cuentan víctimas y su itinerario judicial para períodos determinados».
Inclusión de la perspectiva de género en el tratamiento a mujeres y niñas refugiadas
España (y la Unión Europea) incumple sus compromisos de acogida y no reconoce las necesidades específicas de las mujeres y las niñas solicitantes de asilo. No se ofrecen las garantías adecuadas en los procedimientos y recursos de la Oficina de Asilo y Refugio a las víctimas de violencia de género: «denegación de solicitudes a víctimas de trata, mutilación genital femenina y matrimonios forzoso, así como a personas LGTBI».
La Ley abarca tanto los aspectos preventivos, educativos, sociales, asistenciales y de atención posterior a las víctimas, como el principio de subsidiariedad en las Administraciones Públicas. Igualmente se aborda la respuesta punitiva que deben recibir todas las manifestaciones de violencia que la Ley regula.
La Ley establece medidas de sensibilización e intervención en al ámbito educativo. Se refuerza, con referencia concreta al ámbito de la publicidad, una imagen que respete la igualdad y la dignidad de las mujeres. Se apoya a las víctimas a través del reconocimiento de derechos como el de la información, la asistencia jurídica gratuita y otros de protección social y apoyo económico. Proporciona una respuesta legal integral que abarca tanto las normas procesales, creando nuevas instancias, como normas sustantivas penales y civiles, incluyendo la debida formación de los operadores sanitarios, policiales y jurídicos responsables de la obtención de pruebas y de la aplicación de la ley.
La Ley contempla también la protección de menores víctimas directas o indirectas de esta violencia, no solo para la tutela de los derechos de los y las menores, sino para garantizar de forma efectiva las medidas de protección adoptadas respecto de las mujeres.
La presente Resolución reconoce que la prostitución, la prostitución forzada y la explotación sexual son cuestiones con un gran componente de género y constituyen violaciones de la dignidad humana contrarias a los principios de los derechos humanos, entre ellos la igualdad de género. Destaca que hay diversos vínculos entre prostitución y tráfico de personas, y reconoce que la prostitución alimenta el tráfico de mujeres y menores de edad vulnerables. Por ello se postula contra la legalización del trabajo sexual y apuesta por la penalización de los clientes.








