Esta sentencia acoge el amparo de una mujer víctima de violencia de género no emplazada a proceso hipotecario por vulneración de su derecho a la tutela judicial efectiva, porque no se no realizó una especial ponderación de la situación de violencia de género que estaba padeciendo.
Tribunal:
Tribunal Constitucional
Datos de la Jurisprudencia
- Año: 2015
- Estado:
- Documentos: https://violenciagenero.org/web/wp-content/uploads/2017/07/stc167-2015.pdf
- Fuente: Boletín Oficial del Estado
- Disponible en: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-9382

